Por David Zarate Cruz
Ciudad Reynosa, Tamaulipas.- El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), no quería otorgar la asignación familiar del 10 por ciento, a la hija de un trabajador al cual le deberá otorgar pensión por invalidez, con el argumento de que no estaba estudiando, cuando se le condeno por ser menor de edad, a lo que deberá otorgársela, ya que mediante la ejecutoria 133/2021 Magistrados Federales le negaron el amparo al órgano federal.
El Magistrado Artemio Hernández González, del Primer Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito en Reynosa, determino que, en cumplimiento a una ejecutoria anterior, la Junta responsable dictó nuevo laudo materia del acto aquí reclamado, donde reiteró las condenas entre ellas, a la otorgación y pago de la pensión de invalidez, consecuentemente, los argumentos del órgano federal, no pueden ser objeto de estudio en el presente juicio de amparo al haber omitido dicho Instituto promover amparo en contra de aquél laudo que le resultó adverso.
El 14 de enero del 2021, la Junta Especial Número Sesenta de la Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) en Reynosa, emitió el Laudo del juicio laboral 1700/2016, mediante el cual condeno al IMSS, al pago de la pensión por invalidez y las asignaciones familiares del 15 por ciento del sueldo a la esposa y del 10 por ciento a la menor hija, el órgano federal recurre al juicio de amparo argumentado entre otros, que no se demostró que la hija estuviera estudiando.
El Magistrado Artemio Hernández González, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, el único tema respecto del cual se dejó libertad de jurisdicción a la responsable, fue el concerniente a las asignaciones familiares, respecto de las cuales en el laudo reclamado la Junta procedió a condenar al demandado, asignándole a la esposa del trabajador un 15 por ciento del monto de la pensión y a la hija el 10 por ciento de asignación familiar, únicamente por el periodo comprendido del 14 de diciembre de 2016 al 1 de junio de 2017.
Esto, porque fue cuando adquirió la mayoría de edad y no demostró que con posterioridad se encontrara cursando estudios escolares y sobre el particular el IMSS, en el primero de los conceptos de violación alega que la condena a las asignaciones familiares que la responsable decretó en el laudo es ilegal, debido a que se debió acreditar que la hija del asegurado se encontraba estudiando, ante lo cual el pleno judicial negó el amparo al órgano federal.















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