El Juzgado emite la sentencia otorgando el amparo para que, se deje sin efectos el emplazamiento reclamado, así como todo lo actuado con posterioridad, incluyendo la sentencia y actos de ejecución, y se reponga el procedimiento en el expediente de origen, a fin de que el ciudadano
Tampico, Tamaulipas (www.elplaneta.mx).- Mediante la sentencia 920/2021, el Poder Judicial Federal anulo todo un juicio civil del Juzgado Cuarto Civil de Altamira, debido a que el actuario al emplazar a la parte demandada no se cercioro legalmente que fuera el citado, ante lo cual lo dejo en la indefensión jurídica al no darle derecho de defensa, violándose con ello las garantías de seguridad jurídica y debido proceso establecidas en la Constitución Federal.
El Juez Advento Hernández Reyna, titular del Juzgado Décimo de Distrito en Tampico, determino que, el actuario responsable no se cercioró correctamente de que el domicilio señalado se tratare del mismo que viviera o trabajara la persona a emplazar, dado que, como quedó anotado, el único dato que recabó para cumplir con ese requisito, fue el dicho de una persona que se encontraba en el domicilio y estando en el inmueble buscado, ni siquiera asentó que la persona con quien entendió la diligencia aceptara ser el demandado.
De lo que se colige, que la diligencia de emplazamiento reclamada no se realizó conforme a derecho, pues al verificarse se dejó de observar lo dispuesto en el artículo 67, del Código de Procedimientos Civiles en el Estado de Tamaulipas, en el que se establece que de entender la diligencia directamente con la persona de que se trate, el notificador hará constar específicamente los medios de que se valió para identificarla.
El Juez señalo que, de la diligencia que nos ocupa, no se advierte que el fedatario, al verificar dicho emplazamiento, se hubiere cerciorado plena y fehacientemente de la identidad de quien acudió a su llamado y que según se asentó en el acta, era el demandado buscado, dando por cierta erróneamente el dicho de la persona que lo trajo a su vista, pues incluso dicha persona al momento de preguntarle dijo no ser la persona por el buscada, y no obstante ello siguió la diligencia sin importar lo dicho por la persona con quien pretendía y realizó la diligencia-
El Juzgado emite la sentencia otorgando el amparo para que, se deje sin efectos el emplazamiento reclamado, así como todo lo actuado con posterioridad, incluyendo la sentencia y actos de ejecución, y se reponga el procedimiento en el expediente de origen, a fin de que el ciudadano, de estimarse procedente sea llamado a juicio pero en estricto apego a los numerales 66 y 67 del Código de Procedimientos Civiles del Estado, debiendo levantarse acta circunstanciada.















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