Por David Zárate Cruz/www.elplaneta.mx
Ciudad de México.- El Congreso del Estado de Tamaulipas excedió sus facultades para revisar la cuenta pública del Municipio de Reynosa, al instruir que la Auditoría Superior del Estado, que inicie el procedimiento correspondiente y se tuvo por no aprobada la Cuenta Pública 2016 de diversos órganos y no tiene ninguna consecuencia jurídica, así fue la resolución de la controversia constitucional 330/2019 emitida por Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
El Ministro Javier Laynez Potisek, en el pleno de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la regularidad de los Decretos emitidos por el Congreso de Tamaulipas en los que se tuvo por no aprobada la Cuenta Pública 2016 de diversos entes adscritos al Municipio de Reynosa y el fallo determinó que el Poder Legislativo local sí cuenta con facultades para calificar la Cuenta Pública de los entes sujetos a fiscalización, no obstante, la calificación que emite la Legislatura Local únicamente se traduce en un pronunciamiento de carácter político.
En este asunto, el Ayuntamiento de Reynosa, presento controversia constitucional en contra del Congreso el Estado de Tamaulipas, demandando, la invalidez del decreto LXIII-581 mediante el cual no se aprueba la información contable y presupuestaria contenida en la cuenta pública del Municipal correspondiente al ejercicio fiscal 2016; en fecha 15 de diciembre de 2018 y publicado en el número 112 del Periódico Oficial del Estado, el 17 de septiembre de 2019.
El tema a resolver por los Ministros de la Segunda Sala de la SCJN, era determinar la regularidad constitucional del procedimiento legislativo del que derivan los decretos que no aprueban la cuenta pública del ejercicio fiscal 2016, correspondientes al Municipio de Reynosa, Tamaulipas, de la Comisión Municipal de Agua potable y Alcantarillado (Comapa) del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), y del Instituto Reynosense para la Cultura y las Artes (IRCA).
El pleno de la Segunda Sala de la SCJN, emitió la resolución (sentencia), resolviendo que que no puede tener consecuencias jurídicas, lo aprobado por el Congreso del Estado de Tamaulipas, ello, toda vez que conforme a los preceptos constitucionales aplicables, corresponde a la Auditoría Superior del Estado, como órgano con autonomía técnica, fiscalizar el ejercicio del gasto y, en su caso, fincar las responsabilidades resarcitorias y administrativas que correspondan.