Ciudad Victoria, Tamaulipas (www.elplaneta.mx).- El Juzgado Primero Familiar de Victoria, desde el 16 de febrero del 2021, no resuelve la restitución de la custodia de un menor a su madre, el cual fue retenido por su padre, dentro de un juicio voluntario de divorcio, violando el interés superior del niño, ante lo cual mediante la sentencia 707/2021, el Poder Judicial Federal otorgó el amparo para que el órgano judicial estatal desahogue las diligencias necesarias y resuelva.
El Juez Francisco Manuel Rubín de Celis Garza, titular del Juez Decimosegundo de Distrito en Victoria, determino que, en la data que se instó la acción constitucional (veintiuno de abril de dos mil veintiuno), la autoridad judicial todavía no desahogaba las mismas, dado que estaba pendiente: Escuchar a ambos padres. Practicar evaluaciones psicológicas tanto del menor, como a las partes a través del Centro de Convivencia Familiar (CECOFAM), mediante videoconferencia, violando así las garantías constitucionales de seguridad jurídica y debido proceso.
El 15 de abril del 2021, el Juzgado Primero Familiar de Victoria, resolvió un recurso de revocación y ordeno evaluaciones psicológicas tanto del menor, como a las partes a través del Centro de Convivencia Familiar (CECOFAM), y pedir el número inteligente y correo electrónico a efecto de que se hagan los estudios, a través de videoconferencia…”, lo cual no ha cumplido, ante ello la afectada recurre al juicio de amparo.
El Juez señalo que, en consecuencia, al encontrarse fracturada la guarda y custodia del menor, le correspondía a la Juez Familiar repararla a través de las medidas pertinentes para la reincorporación o restitución de dicho menor al domicilio de la madre; es decir, recabar la opinión del menor y las pruebas pertinentes a efecto de evaluar la idoneidad de sus progenitores, a fin de contar con un panorama objetivo sobre el entorno del menor y establecer con mayores elementos, qué es lo más benéfico para éste, a fin de que no quede en un estado vulnerable.
El Juzgado otorga el amparo para que, el Juzgado Primero Familiar de Victoria, desahogue las diligencias pertinentes a fin de determinar sobre la restitución o reincorporación del menor al domicilio de la madre, sin que esté vinculada a resolver en uno u otro sentido, siendo las pruebas pendientes:1.1Practicar evaluación psicológica a una persona a través del Centro de Convivencia Familiar (CECOFAM), mediante videoconferencia:
1.2 Verificar en su totalidad la causa familiar y en caso de que advierta prueba fehaciente que los padres, cohabitan con una pareja, ordene que a la misma le sea efectuada una evaluación psicológica a través del Centro de Convivencia Familiar (CECOFAM), mediante videoconferencia y hecho lo anterior, con libertad de jurisdicción, resuelva sobre la restitución o reincorporación del menor al domicilio de la madre.















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