El Juez señalo que, le asiste la razón al peticionario del amparo, pues hasta la fecha de la sentencia, no se advierte que la autoridad responsable, le hubiere hecho del conocimiento de ésta el acuerdo respectivo en breve plazo; por lo que, como lo señala la parte agraviada, en el caso a estudio, se actualiza una falta de contestación a su petición, violentándose con ello la garantía constitucional que es tutelada a favor de los gobernados por el precepto 8° de la Constitución Federal.
Por David Zarate Cruz
Ciudad Reynosa, Tamaulipas.– La Fiscalía General de la República (FGR) Reynosa, dejo pasar cinco meses sin dar contestación a un oficio de un ciudadano de Matamoros, donde le pide pronunciarse sobre un acuerdo reparatorio y decretar la extinción de la acción penal, ya que pago un crédito fiscal por haber omitido impuesto aduaneros, ante lo cual mediante la sentencia 376/2021 el Poder Judicial Federal otorgó el amparo para que la dependencia de contestación y notifique.
El Juez Francisco Javier Cavazos Argüelles, titular del Juzgado de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales en Matamoros, determino que, hay una omisión por parte de la responsable, al no haber constancia alguna en autos que acredite fehacientemente que haya hecho del conocimiento del ciudadano, la contestación o resolución que haya emitido sobre la petición que le fue formulada a través de dicho escrito y de manera pacífica y respetuosa, en el cual se le solicitó la celebración de acuerdo reparatorio.
Cabe destacar que, FGR indico que el uno de abril 2021 comisionó a un auxiliar ministerial a efecto de realizar la notificación en términos del numeral 82, fracción I, inciso d), punto 2, en dos domicilios, sin embargo, no se localizó al justiciable de las diligencias realizadas; no obstante lo anterior, del escrito que presentó el aludido el 29 de marzo de 2021, se advierte que señaló domicilio para oír y recibir notificaciones en diferente domicilio.
El Juez señalo que, le asiste la razón al peticionario del amparo, pues hasta la fecha de la sentencia, no se advierte que la autoridad responsable, le hubiere hecho del conocimiento de ésta el acuerdo respectivo en breve plazo; por lo que, como lo señala la parte agraviada, en el caso a estudio, se actualiza una falta de contestación a su petición, violentándose con ello la garantía constitucional que es tutelada a favor de los gobernados por el precepto 8° de la Constitución Federal.
El Juzgado emite la sentencia otorgando el amparo para que la FGR en Reynosa, notifique de manera personal la determinación emitida por la autoridad responsable el pasado treinta y uno de marzo de dos mil veintiuno, para que el ciudadano, tenga la posibilidad de conocer los motivos y fundamentos de dicha determinación y pueda imponerse del mismo, lo cual ya fue dado por cumplido al presentarse las pruebas respectivas.















La RegiónTamaulipas, fundada desde 2004 con sede en Ciudad Victoria, Tamps.