Por David Zarate Cruz|Reportero
Ciudad Reynosa, Tamaulipas, México.- La Sala Regional Reynosa, del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, revoco una sentencia penal y emitió auto de vinculación a proceso a un médico por lesiones culposas y responsabilidad médica, técnica y administrativa, sin analizar las pruebas presentadas en su defensa, por lo que mediante la sentencia 1649/201 el Poder Judicial Federal, otorgo el amparo al galeno para que se estudien dichas pruebas.
El Juez Rodolfo Pedraza Longi, titular del Juzgado Tercero de Distrito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz, determino que, la Sala responsable no expuso las razones y fundamentos que le llevaron a considerar idóneos, pertinentes y suficientes los datos de prueba con base en las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia, para tener por establecida la existencia de los hechos considerados como delitos de lesiones culposas y responsabilidad médica, técnica y administrativa.
El 22 de noviembre del 2021, la Sala Regional Reynosa del STJE, de la cual el nombre del Magistrado fue ocultado, revocó el auto de no vinculación a proceso y en su lugar dictó un auto de vinculación a proceso, en contra del médico imputado, por los delitos arriba mencionados, ante lo cual el doctor recurre al juicio de amparo, el expediente fue enviado al Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz.
El Juez Rodolfo Pedraza Longi, señalo que, la Sala responsable, tenía la obligación de exponer de qué datos de prueba de la Fiscalía revelan el nexo causal entre la posible conducta del medico, para encuadrarla en el delito de lesiones culposas, es decir, cuál fue imprevisión, negligencia, impericia, falta de reflexión o de cuidado, o confianza en que no pasaría por parte del imputado que hubiera ocasionado las lesiones que le fueron diagnosticadas a la víctima posterior a que fue intervenida quirúrgicamente por el sujeto activo.
El Juzgado emite otorga el amparo para que, se dicte una nueva resolución, en la que funde y motive suficientemente el encuadramiento de la conducta atribuida al imputado, respecto del hecho señalado por la ley como delito de lesiones culposas, en la que se precisen datos de prueba idóneos y suficientes a fin de establecer las circunstancias de lugar, tiempo y ejecución en la comisión de dicho ilícito.
El expediente fue regresado al Juzgado Séptimo de Distrito en Reynosa.
LA SENTENCIA ABARCA:
Que, se establezca si la actividad del sujeto activo constituye una conducta culposa a fin de encuadrar el hecho ilícito, así como la probabilidad lo cometió o participó en su comisión.
- La Sala responsable pondere los datos de prueba que incorporó la defensa del imputado, durante la ampliación del plazo constitucional, en contradicción con los expuestos por el Ministerio Público, y resuelva lo que proceda.
- Realice en su caso, el pronunciamiento sobre el encuadramiento de la conducta en el hecho señalado por la ley como delito de responsabilidad médica, técnica y administrativa, prevista y sancionada en el artículo 235, fracciones I y II, del Código Penal del Estado de Tamaulipas, así como de la probabilidad de que el imputado, participó en su comisión.
- Es de destacar que, el Consejo de la Judicatura Federal (CJF), oculto el nombre del Magistrado de la Sala Regional Victoria, a pesar de ser público y que el STJE de Tamaulipas, también lo oculta al mantener como vacante dicha plaza.
















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