Por David Zarate Cruz| Reportero
Ciudad Victoria, Tamaulipas.- Ya han pasado siete años y cuatro meses y el Ayuntamiento de Llera, todavía no puede cumplir una sentencia, consistente en que pague lo establecido en un Laudo, y apenas dio una parte de cinco mil pesos del total, por lo que el Poder Judicial Federal, lo viene requiriendo a fin de que cumpla la sentencia 1116/2015 que otorgó el amparo, por haberse violado la garantía de justicia rápida.
El Juez José Guerrero Durán, titular del Juzgado Segundo de Distrito en Victoria, acordó “agréguese a los autos el escrito signado por la Apoderada Legal del Ayuntamiento de Llera, mediante el cual, en cumplimiento al requerimiento formulado, remite copia del escrito de 23 de septiembre del presente año, por el que exhibió ante el Tribunal responsable, un cheque por la cantidad de cinco mil pesos, expedido a favor del trabajador, como pago dentro del expediente laboral 26/2007. En consecuencia, se le tiene informando las gestiones realizadas…”.
La sentencia emitida el 25 de septiembre del 2015, otorgó el amparo para que el Tribunal de Conciliación y Arbitraje para los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios (Tcatsem), requiera al Ayuntamiento de Llera, a fin de que cubra al trabajador la cantidad establecida, en el entendido que se deberá asegurar de su cumplimiento, con el uso del medio de apremio que considere pertinente del artículo 292 del Código Municipal, vigente en la época de los hechos.
El Juez señalo en la sentencia que, con motivo del escrito del trabajador presentado el 20 de mayo de 2015, el Tribunal responsable, el 29 de mayo siguiente, actualizó la condena que debe cubrir el Ayuntamiento de Llera, a favor del actor por la cantidad (fue ocultada), y fue requerido de pago vía exhorto conducto del Juez Menor Mixto, de aquélla localidad, cuya diligencia fue desahogada el 11 de junio del 2015, por conducto del actuario; sin que se haya obtenido el pago a favor del actor y en consecuencia que la autoridad haya proveído algo tendente a ello.
En términos del artículo 292 del Código Municipal de Tamaulipas, vigente en la época de los hechos, el Tribunal, para hacer cumplir sus determinaciones, podrá imponer multa por el equivalente a treinta días de salario mínimo y el auxilio de la fuerza pública; sin que en auto de requerimiento de pago de 29 de mayo de 2015, conste que haya apercibido al demandado con el uso de algún medio de apremio en caso de incumplimiento.
















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