Ciudad Victoria, Tamaulipas, México.- La Secretaria de Comunicaciones y Transportes (SCT), deberá pagar 136 millones 751 mil 500 pesos, más actualizaciones al Ejido La Escondida de Reynosa, por la expropiación de 21 hectáreas, 9 de ellas en 1994, para el tramo Acceso Puente Internacional de Reynosa y 12 en 1997, para la construcción del camino fronterizo del norte, tramo Matamoros-Reynosa, ya que mediante la ejecutoria 62/2021, Magistrados Federales, le negaron el amparo a la dependencia.
La Magistrada Estela Platero Salado, del Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Decimonoveno Circuito en Victoria, determino que, el actuar omisivo de la autoridad responsable de cumplir voluntariamente la sentencia definitiva dictada en el juicio agrario, infringe en perjuicio del Ejido el derecho que tiene a la plena ejecución de la sentencia que le fue favorable, establecido como uno de los derechos fundamentales en la Constitución Federal, específicamente en su artículo 17.
El dos de julio del 2019, el Ejido la Escondida de Reynosa, presento demanda en contra la SCT, por la omisión de dar cumplimiento a la sentencia de catorce de mayo del 2019, del Tribunal Unitario Agrario (TUA) Distrito 30 en Victoria, que lo condeno al pago por las hectáreas expropiadas; el 31 de diciembre del 2019, el Juzgado Segundo de Distrito en Victoria, sobresee (no otorga amparo, pero tampoco lo niega), la autoridad ejidal presenta recurso revisión.
La Magistrada Estela Platero Salado, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, ya quedó visto que la SCT optó por no cumplir la condena, no obstante los distintos requerimientos hechos por el TUA, conforme a lo anterior, el propio Tribunal Agrario cada vez que le requería indicó que la condenada era omisa en cumplir, pues ya existía avalúo y no se había realizado de inmediato el pago indemnizatorio correspondiente. Luego, al no obrar constancia que denote que ya efectuó el pago, se tiene que ha omitido cumplir con la sentencia definitiva.
El pleno judicial revoca la sentencia y otorga el aparo para que la SCT, cese su conducta omisiva y cumpla con la sentencia de 31 y uno de mayo de 2016 del TUA, que la condenó al pago del valor que resulte del avalúo comercial que efectúe el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, de las superficies de 9-11-45.95 hectáreas, y 12-18-46 hectáreas, con los descuentos respectivos, en términos del punto resolutivo cuarto de la sentencia.
POR DAVID ZARATE CRUZ
















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