Ciudad Victoria, Tamaulipas.- La Sala Regional Golfo Norte del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) en Victoria, “usa viajes al futuro para sus notificaciones”, ya que emitió acuerdo el tres de junio del 2021, para que una empresa de Matamoros ampliara su demanda de nulidad de actuaciones y este fue notificado el 27 de mayo de ese mismo año, por lo que mediante la ejecutoria 422/2021, Magistrados Federales otorgaron el amparo para que corrija y reponga el procedimiento.
Jorge Luis Beas Gámez, secretario en funciones de Magistrado del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Decimonoveno Circuito en Victoria, determino que, el auto de 3 de junio de 2021, por el que el Magistrado instructor ordenó correrle traslado para que en cinco días manifestara si era su deseo ampliar la demanda, no le fue notificado en la fecha referida por la responsable, 27 de mayo de 2021, porque sería imposible que el actuario adscrito al Tribunal responsable notificara una determinación antes de que esta se emitiera.

El seis de agosto del 2021, el TFJA en Victoria, dicto sentencia en juicio de nulidad, reconociendo la validez de las resoluciones impugnadas, porque la empresa Herflo Inverna de Matamoros, no amplio su demanda en el plazo de cinco días a partir de la notificación de “27 de mayo de 2021”, cuando dicho acuerdo se emitió el 3 de junio de ese año, ante lo cual la negociación recurre al juicio de amparo.
Jorge Luis Beas Gámez, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, no obstante, aun cuando en autos existe una diligencia fechada el veintisiete de mayo de dos mil veintiuno, en el que el aludido fedatario hizo constar que notificó personalmente al autorizado de la actora el acuerdo de tres de junio de dos mil veintiuno, evidentemente se trata de un error que en el presente caso no se puede convalidar porque no existe otra actuación para establecer cuál fue la fecha de notificación personal de la empresa.
El pleno judicial otorga el amparo para que el TFJA en Victoria, ordene reponer el procedimiento a partir del auto de 2 de agosto de 2021 que desechó por extemporánea la ampliación de la demanda y determine que el auto de 3 de junio de 2021 fue notificado a la actora el 7 de ese mes y año, y el escrito de ampliación fue presentado en tiempo el 15 de junio de 2021, en la Oficina del Servicio Postal Mexicano de Matamoros.
POR DAVID ZARATE CRUZ
















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