El Magistrado Jorge Holder Gómez, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, si los conceptos de violación que plantea el inconforme fueron formulados en una demanda de amparo directo anterior (1201/2019) y recibieron respuesta oportuna al resolverse, resulta evidente que no pueden volverse a analizar, dada la inmutabilidad de lo resuelto en aquel fallo constitucional; de ahí la inoperancia de los puntos de queja de los argumentos jurídicos de la dependencia estatal.
Por David Zarate Cruz/Reportero La Región Tamaulipas
Ciudad Victoria, Tamaulipas.- La Secretaria de Educación de Tamaulipas (SET), deberá de reconocer la antigüedad desde el 18 de agosto del 2003, a una maestra de segunda lengua inglés, en el nivel primaria, y la homologación de su salario, base (C-07) a los salarios que perciben los puestos de base, similares o iguales a los de la suscrita, ya que mediante la ejecutoria 704/2020, Magistrados Federales le negaron el amparo a la dependencia estatal.
El Magistrado Jorge Holder Gómez, del Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito en Victoria, los aspectos relacionados con la valoración de los cuatro contratos de prestación de servicios profesionales, el tipo de relación jurídica entre las partes, la falta de aplicación del principio Iuria Novit Curia y que la parte actora no tenía claves asignadas, ello para demostrar la improcedencia de la acción y falta de legitimación; ya fueron analizados y resueltos en la una ejecutoria emitió este tribunal en sesión de 3 de agosto de 2020.
El 8 de octubre del 2020, el Tribunal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios (Tcatsem), emitió el laudo del juicio laboral 479/E/2016, mediante el cual condeno a la SET, a que reconozca la antigüedad de la maestra desde la fecha de ingreso (18 de agosto de 2003) y la homologación de su salario, base (C-07) a los salarios que perciben los puestos de base, similares o, el órgano estatal recurre al juicio de amparo.
El Magistrado Jorge Holder Gómez, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, si los conceptos de violación que plantea el inconforme fueron formulados en una demanda de amparo directo anterior (1201/2019) y recibieron respuesta oportuna al resolverse, resulta evidente que no pueden volverse a analizar, dada la inmutabilidad de lo resuelto en aquel fallo constitucional; de ahí la inoperancia de los puntos de queja de los argumentos jurídicos de la dependencia estatal.
Además, las condenas impuestas en el laudo impugnado, por concepto del reconocimiento de antigüedad de la trabajadora y la homologación de su salario, fueron materia de reiteración en el laudo reclamado al no haber sido combatido a través de los conceptos de violación que expuso la ahora quejosa en su escrito de demanda dentro del amparo directo 1201/2019, por lo que el pleno judicial niega el amparo a la SET.















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