Ciudad Victoria, Tamaulipas (www.elplaneta.mx).- La Primera Sala Colegiada en Materias Civil y Familiar del Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE), condeno a un comprador de casa que fue condenado a devolverla a pagar una renta mensual del uno por ciento sobre el saldo insoluto, cuando debió ser del valor de venta total, ante lo cual mediante la ejecutoria 73/2021Magistrados Federales otorgaron el amparo para que se aplique la segunda formula.
La Magistrada Estela Platero Salado, presidenta del Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Décimo Noveno Circuito, señalo que órgano judicial, determino que, a fin de determinar el monto de la renta que la demandada debe cubrir como consecuencia de la rescisión, indebidamente se atendió a la base el monto que estaba pendiente de pagar, lo cual es improcedente ya que tal criterio podría llevar al extremo de que si no se adeudara cantidad alguna y existiera causa de rescisión, no se generaría renta alguna, lo que va contra la práctica económica.
El 16 de diciembre de 2020, los Magistrados de la Primera Sala Colegiada en Materias Civil y Familiar del STJE, resolvieron el recurso de apelación 263/2020, revocando la sentencia del Juzgado Primero Civil de Nuevo Laredo, y aprobando la recisión del contrato de compraventa de casa, condenado al comprado a pagar una renta mensual del 1 por ciento sobre el saldo insoluto (lo que adeudaba), ante lo cual el vendedor recurre al juicio der amparo.
El Tribunal Federal, considero que, a fin de que se considere que las partes se han restituido las prestaciones que se hubieren hecho, la responsable, para fijar la renta mensual que habrá de pagar la compradora, debió tomar en cuenta, no sólo el saldo insoluto, sino también la cantidad que obligó devolver al vendedor a la compradora, calculados al 1 por ciento, tal como fue la conclusión a la que arribó el perito tercero en discordia que estimó “mejor fundado”, para que no hubiera pérdida económica.
Por dos votos a favor del Magistrado mayoría de votos del Magistrado Miguel Ángel Mancilla Núñez y de Gerónimo Luis Ramos García, secretario en funciones de Magistrado y en contra de la Magistrada Estela Platero Salado, el Tribunal otorgo el amparo al vendedor, para que la Sala del STJE, deje insubsistente la sentencia reclamada y emita una nueva tomando en cuenta la segunda fórmula (Saldo insoluto más lo regresado al uno por ciento).
Es decir la renta deberá basarse en la suma del saldo pendiente del comprador, más lo que le regreso el vendedor de lo ya pagado por la casa, el uno por ciento de tal suma en forma mensual, que en caso concreto es de mil 200 pesos mensuales, por el tiempo que ocupo la casa el comprador.















La RegiónTamaulipas, fundada desde 2004 con sede en Ciudad Victoria, Tamps.