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CIUDAD VICTORIA, TAM.- A fin de que la Comisión de Derechos Humanos de Tamaulipas pueda actuar cuando exista queja de algún ciudadano contra alguna autoridad, aunque el afectado haya presentado algún recurso legal ante otra autoridad.
El diputado Local Marco Gallegos Galván explicó que lo anterior se da en base a la derogación de la Fracción V del Artículo 9 de la Ley de la Comisión del Estado de Tamaulipas, la cual fue aprobada por el pleno legislativo.
Explica que esa fracción se quitó porque limitaba la facultad de la CODHET para recibir quejas y emitir recomendaciones por violaciones a los derechos humanos contra servidores públicos de los tres órdenes de Gobierno, cuando existiera un proceso legal abierto sobre el mismo acontecimiento ante alguna autoridad.
En la ley aprobada por Decreto número 76 el día 6 de enero de 1993, la misma establecía que “La Comisión (de Derechos Humanos de Tamaulipas) no podrá conocer y formular recomendaciones en los casos relativos a actos y omisiones de autoridades contra los cuales se encuentre en trámite un recurso ordinario, juicio de amparo, o cuando de la misma queja esté conociendo una autoridad competente”.
El legislador aseguró que lo anterior contradice lo señalado en el artículo 1 de nuestra Constitución Política, donde se establece que toda autoridad tiene la obligación promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
Gallegos Galván manifestó que ante la interrogante de saber si en Tamaulipas, el organismo encargado de proteger los derechos humanos es capaz de violentar de manera flagrante los principios constitucionales antes mencionados, lamentablemente la respuesta es un sí.
















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