En el mismo, provea lo que en derecho corresponda con relación a la queja sobre inicio de procedimiento formulado, para lo cual deberán verificar que ésta se encuentre fundada y motivada y sustentada en los elementos de prueba idóneos; hecho lo cual, deberán especificar cuál de los exámenes practicados fue el que no aprobó el quejoso
Ciudad Victoria, Tamaulipas (www.elplaneta.mx).- El Poder Judicial Federal, obligo a la Fiscalía General de Justicia del Estado (FGJE), a entregar los documentos probatorios de no haber aprobado los exámenes de control y confianza, a un elemento de la Policía Investigadora Estatal, que su separado de su cargo con la finalidad de que pueda defenderse de tal medida, ello en cumplimiento a la sentencia 293/2020, que otorgó el amparo por haberse violado las garantías de seguridad jurídica.
La Juez Rosa María Cortés Torres, titular del Juzgado Decimoprimero de Distrito en Victoria, acordó “… se declara cumplida la sentencia emitida en autos. QUINTO. Archivo y depuración del presente asunto. Asimismo, con fundamento en el artículo 196, párrafo cuarto, de la Ley de Amparo, se ordena el archivo del presente asunto, como totalmente concluido.”, lo cual quiere decir que le fueron entregados al policía los documentos de los resultados de las pruebas de control y confianza.
La sentencia emitida el 13 de julio del 2021, otorgo el amparo para que, el Agente del Ministerio Público Auxiliar de la Coordinación de Asuntos Internos de la FGJE, deje insubsistente acuerdo de catorce de Dejar insubsistente acuerdo de catorce de enero de dos mil veinte, dictado en el expediente 289/2019, a través del cual se dio inicio al procedimiento para separar al policía y dicte otra en su lugar, donde dicte un nuevo acuerdo.
En el mismo, provea lo que en derecho corresponda con relación a la queja sobre inicio de procedimiento formulado, para lo cual deberán verificar que ésta se encuentre fundada y motivada y sustentada en los elementos de prueba idóneos; hecho lo cual, deberán especificar cuál de los exámenes practicados fue el que no aprobó el quejoso, así como los motivos y razones por los que consideren que con los elementos probatorios con que se cuenta es procedente iniciar el procedimiento en su contra.
En la sentencia la Juez señalo que, el afectado necesitaba conocer de inicio para poder ejercer una defensa adecuada en dicho proceso y desvirtuar la imputación que se le realizó, es el contenido íntegro del examen que le fue practicado, pues es precisamente su conclusión la que conllevó a la determinación de que no reúne las exigencias de permanencia; lo que en la especie no aconteció, dado que sólo se le comunicó el resultado del examen.















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