Por David Zarate Cruz/Reportero
Ciudad Victoria, Tamaulipas.– El Poder Judicial Federal, otorgó la suspensión de plano (de inmediato) a un preso en esta capital, para que no sea incomunicado, ni trasladado a otra prisión, además se comisiono a un actuario para que acuda al Centro de Ejecución de Sanciones (Cedes) a fin de ubicarlo y garantizar su integridad, iniciándose así el juicio de amparo 161/2022 en contra de la Secretaria de Seguridad Pública (SSP) de Tamaulipas.
El Juez Francisco Manuel Rubín de Celis Garza, titular del Juzgado Decimosegundo de Distrito en Victoria, resolvió “…se decreta de plano la suspensión de los actos reclamados…Se reitera al Director del Centro de Ejecución de Sanciones, con sede en esta ciudad, que dentro del plazo de veinticuatro horas siguientes a que surta efectos la notificación de este proveído, deberá rendir su informe sobre el cumplimiento a la suspensión de plano decretada….” , es decir deberá de abstenerse de incomunicar al reo.
El uno de febrero, el interno acudió a través de un abogado, ante el Poder Judicial Federal en esta capital, para presentar demanda en contra de la SSP, por incomunicación y orden de traslado a diverso centro de ejecución de sanciones, lo cual considero como violatorio de las garantías de seguridad jurídica y debido proceso y de los procesados, establecidas en los artículos 14, 16, 18 y 22 de la Constitución Federal.
El Juzgado también acordó “se comisiona al Actuario adscrito a este Juzgado de Distrito, al efecto de que se presente en las instalaciones del Cedes en esta ciudad…, con el fin de buscar y localizar al quejoso de mérito, entregándole copia autorizada de esta determinación, así como notificar a la multicitada responsable el presente acuerdo; asimismo, requiérasele a… (quejoso directo), para que en el acto de la diligencia, o bien, dentro del tres días, contados a partir de aquél en que quede legalmente notificado, manifieste si ratifica la demanda de amparo…”
El juicio apenas inicia, y por lo pronto se otorgó la suspensión de plano, para que no sea incomunicado, ni trasladado a otra prisión por mientras se hacen las investigaciones iniciales y se determina si se otorga la suspensión definitiva por mientras dura el proceso de amparo; mientras tanto la SPP y el Cedes, deben de enviar un informe justificado donde justifiquen su proceder iniciando su defensa.
















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