AGENCIAS
La nacionalidad norteamericana y el no tener una residencia efectiva en territorio mexicano son algunos de los motivos fundamentales para que el ex gobernador Francisco García Cabeza de Vaca sea candidato a diputado federal por la vía de la representación proporcional.
“El INE debe rechazar su registro”, afirmaron abogados expertos en materia electoral, que fueron consultados sobre la candidatura presentada por el Partido Acción Nacional.
Además de la ciudadanía norteamericana, Cabeza de Vaca actualmente se encuentra fuera del país debido a que desde septiembre de 2022 se encuentra fuera del país contrario a lo que se exige uno de los requisitos para poder ser aspirante.
Por su nacionalidad estadounidense le ha permitido residir en el estado de Texas si ser molestado, desde septiembre de 2022 en que abandonó el país.
Los abogados acusaron que el exgobernador ya ha cometido violaciones como el registro como candidato a diputado federal en 2001, a la alcaldía de Reynosa en 2004, a diputado local en 2007, senador en 2012 y para la gubernatura tamaulipeca en 2016.
“No tuvieron el cuidado de revisar su doble nacionalidad que le impide ser candidato”, agregaron las fuentes consultadas.
El acta de nacimiento señala que nació en McAllen, Texas, Estados Unidos de Norte América, como lo expresó en el año 2003, pues su acta fue corregida a petición de él mismo, a través de un juicio por el que solicitó al Registro Civil, se asentara correctamente su lugar de nacimiento.
También dejó constancia de su doble nacionalidad en el acta de su matrimonio con Mariana Gómez Leal, en dónde Cabeza de Vaca señala haber nacido en McAllen, Texas.
Si bien es cierto que Francisco Javier García Cabeza de Vaca es mexicano por nacimiento, conforme a lo establecido en el artículo 30 inciso A) fracción II de la Constitución[1], porque sus padres Manuel García Uresti y María de Lourdes Cabeza de Vaca Wattembarger, son mexicanos, la Constitución establece restricciones para quienes cuentan con doble nacionalidad.
“El derecho a ser votado no es absoluto ni automático, pues debe tener las calidades que establezca la ley, pues el párrafo segundo del artículo 32 constitucional, reserva el ejercicio de los cargos y funciones para los cuales, por disposición de la Constitución, se requiera ser mexicano por nacimiento, a quienes tengan esa calidad, y no adquieran otra nacionalidad”, comentó uno de los abogados consultados.
De acuerdo al ex consejero electoral del INE, Marco Antonio Baños Martínez, la doble nacionalidad representa un impedimento para ser elegible como diputado o senador, a menos que renuncie a ella.
“Deben formular renuncia expresa de la nacionalidad que les sea atribuida, a toda sumisión, obediencia y fidelidad a cualquier Estado extranjero, especialmente la de aquel que les atribuya la otra nacionalidad, a toda protección extraña a las leyes y autoridades mexicanas y a todo derecho que los tratados o convenciones internacionales concedan a los extranjeros”, escribió en un artículo publicado en junio de 2018.
Cabe recordar que, en la sesión de registro de candidatos para la elección de 2018, celebrada el 28 de marzo de dicho año, el Consejo General del INE aprobó el acuerdo INE/CG298/2018, en donde analizó el caso de la candidatura de Napoleón Gómez Urrutia, quien renunció expresamente a la nacionalidad canadiense, para quedar elegible en la lista de candidatos al Senado por el principio de representación proporcional.
Lo mismo sucedió posteriormente en esa elección, con la candidatura de Nestora Salgado García, postulada al Senado de la República por el estado de Guerrero, quien debió renuncia a la doble nacionalidad, en este caso la estadunidense, al ser impugnada por el representante del PRI ante el Consejo General del INE, Morelos Canseco Gómez.
“El procedimiento de registro de candidaturas no incluye compulsas con todos los gobiernos extranjeros o con las secretarías de Gobernación o de Relaciones Exteriores, para detectar un eventual ocultamiento de nacionalidad adicional a la mexicana, parte de la buena fe, pero es un hecho que hay restricción constitucional y en caso de existir elementos que indiquen doble nacionalidad no se otorga registro y no se puede ocupar tampoco el cargo”, señala Baños Martínez, quien fue abogado de Cabeza de Vaca en la elección gubernamental de 2022 en Tamaulipas.
Francisco García Cabeza de Vaca debe renunciar expresamente a su doble nacionalidad, conforme lo dispone el artículo 32 de la Constitución Política Mexicana, en relación a los artículos 16 y 17 de la Ley de Nacionalidad, así como los numerales 11 y 12 del Reglamento de esta ley, pues de lo contrario el Consejo General del INE no aceptará su registro como candidato del PAN.
“Los mexicanos por nacimiento a los que otro Estado considere como sus nacionales, deberán presentar el certificado de nacionalidad mexicana, cuando pretendan acceder al ejercicio de algún cargo o función para el que se requiera ser mexicano por nacimiento y que no adquieran otra nacionalidad. Al efecto, las autoridades correspondientes deberán exigir a los interesados la presentación de dicho certificado”, señala el artículo 16 de la Ley de Nacionalidad.
Certificado que será expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores, como lo dispone el artículo 17 de esta misma ley, para lo cual formularán renuncia expresa a la nacionalidad que les sea atribuida, a toda sumisión, obediencia y fidelidad a cualquier Estado extranjero.
Igualmente, la Tesis: P. III/2013 (9a.), de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, “obliga a Cabeza de Vaca a renunciar expresamente a la ciudadanía norteamericana para ser candidato a diputado federal, de lo contrario el INE rechazará su registro”, sostiene la fuente consultada.
“Seguramente, al revisar el expediente del ex gobernador tamaulipeco, el INE rechazará el registro de Cabeza de Vaca a la diputación federal de representación proporcional, porque hasta la fecha se ostenta como ciudadano norteamericano, viviendo desde hace 17 meses en el estado de Texas, y le será difícil obtener su certificado de nacionalidad mexicana ante la Cancillería Mexicana”.