El ex director de Pemex, Emilio “Nâ€, negocia un beneficio con la Fiscalía General de la República (FGR) para obtener la inmunidad penal, el cual está supeditado al pago de la reparación del daño; aunque ninguno de los delitos que le imputan prevé legalmente esta retribución.
Aunque al ex director de Pemex se le atribuyen los delitos de lavado de dinero, asociación delictuosa y cohecho, las normas vigentes no imponen a los imputados por esos ilícitos la obligación de reparar el daño a la víctima o el ofendido.
Y es que en los expedientes contra el ex funcionario, tanto Pemex como Odebrecht tienen la calidad de ofendidos, pues ambos denunciaron a Emilio «N», la primera por el caso de la planta chatarra de Agronitrogenados y la segunda por los sobornos que pagó la empresa brasileña al ex funcionario.
Especialistas en derecho manifestaron a Reforma posturas encontradas con respecto si la FGR debiera o no reclamar los daños, y en ese sentido, el director de la Clínica de Interés Público del CIDE, Javier Cruz Angulo, señaló que una interpretación “vieja†ortodoxa diría que no es exigible la reparación del daño al ex funcionario federal.
Apuntó que una interpretación moderna sostendría lo contrario porque es un principio previsto en la Carta Magna.
«En un criterio de oportunidad lo mínimo que pudiera hacer la Fiscalía es solicitar la reparación del daño, sobre todo, porque lo dice la Constitución; entonces, si el señor va a ir con un juez, sea tan amable de reparar el daño por lo menos», dijo Javier Cruz.
«Yo diría que el Poder Judicial de la Federación (PJF), cuando tuvo que interpretar lo indebido e ilícito en los delitos de corrupción, lo extendió al perjuicio generado al Estado mexicano. En ese sentido, con la interpretación del PJF y lo que dice el 20 Constitucional, el MP podría plantear en esos términos el criterio de oportunidad», añadió.
Por su parte, el abogado penalista Gabriel Regino, quien también fue funcionario del Poder Judicial de la Federación, expuso que en caso de otorgarse el criterio de oportunidad a Emilio “Nâ€, no le será exigible pagar daño alguno e incluso la Fiscalía tendría que devolverle sus bienes y recursos asegurados.
«La propia naturaleza del hecho implica que no se puede exigir lo imposible, es decir, no da lugar a solicitar la reparación del daño en los delitos que no la contemplan, porque no interpretarlo así nos llevaría a un absolutismo que nos dirige a la ruta del absurdo», dijo a Reforma.
El litigante Gabriel Regino consideró que la Fiscalía General de la República podría recurrir a la demanda de extinción de dominio para hacerse del patrimonio del ex director de Pemex, aunque también dijo que el desistimiento de ese tipo de procedimientos podría ser objeto de negociación en un criterio de oportunidad.