*.- Cuando la planilla de trabajadora fue por 69 mil 350.00 pesos
Por David Zarate Cruz/Reportero
Ciudad Victoria, Tamaulipas.- La Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado (JLCA) en Victoria, estableció como monto a pagar a una trabajadora 4 mil 451.72 pesos por en un juicio laboral, señalando que no se le adeudaban cantidades por diferencias salariales del dos 2017 al 2020, sin explicar porque, ante lo cual mediante la sentencia 2004/2021, el Poder Judicial Federal otorgó el amparo para que se emita otro incidente de liquidación.
La Juez Rosa María Cortés Torres, titular del Juzgado Decimoprimero de Distrito en Victoria, determino que, la Junta del conocimiento no motivó por qué a su consideración a la actora no se le adeudaban cantidades algunas en relación a las diferencias salariales correspondientes a los años de dos mil diecisiete al dos mil veinte, pues únicamente señaló se le había pagado y por tal circunstancia no se le adeudaba cantidad alguna en relación a tales períodos.
El 13 de diciembre del 2021, la Junta Especial Número Dos de la JLCA en Victoria, emitió resolución incidental de liquidación del juicio laboral 152/E02/2012, donde determinó como cantidad líquida el monto de 4 mil 451.72 pesos, cuando la trabajadora había presentado su planilla por un monto de 69 mil 350.00 pesos, ante lo cual recurre al juicio de amparo, señalando violaciones a las garantías de seguridad jurídica y debido proceso.
La Juez señalo que, se advierte la autoridad responsable no explicó cuáles fueron las operaciones aritméticas realizadas para obtener el cálculo de tales diferencias salariales, tampoco indicó la cantidad que se le ha venido cubriendo, es decir, el salario normalizado, y el incremento relativo a cada anualidad; por ello, debió precisar cuánto era el salario y su incremento por cada año o período cuantificado, para después realizar las operaciones aritméticas y establecer la mecánica para arribar a la conclusión correspondiente.
El Juzgado emite la sentencia otorgado el amparo para que, se dicte otra resolución incidental de liquidación, deberá purgar los vicios de fundamentación y motivación advertidos, esto es, indique y en su caso justifique, cómo y cuándo se le pagó a la actora las diferencias salariales separando los conceptos de normalización y actualización de pagos, asimismo, indicar con qué pruebas justifica dichos pagos correspondientes a los años 2017 a 2020.